Cómo es el código de abogados

El Código de Ética del Colegio de Abogados fue adoptado por la Asamblea del Colegio de Abogados de Croacia el 18 de febrero de 1995, con las enmiendas adoptadas por la Asamblea del Colegio de Abogados de Croacia el 12 de junio de 1999, publicadas en el Boletín Oficial num. 64 de 20 de junio de 2007. La Asamblea del Colegio de Abogados de Croacia aprobó enmiendas al Código deontológico para abogados el 14 de junio de 2008 (publicadas en el Boletín Oficial Nº 72 de 23 de junio de 2008). La Asamblea del Colegio de Abogados de Croacia aprobó las enmiendas al Código deontológico para abogados el 7 de julio de 2018 (publicadas en el Boletín Oficial num. 64 de 18 de julio de 2018).

1. El Código de Ética del Abogado (en adelante, el Código) establece los principios y normas de conducta que, para preservar la dignidad y reputación de la abogacía, los abogados están siempre obligados a cumplir en el desempeño de sus funciones como en
registrocivilcaceres.net

2. Los principios básicos están contenidos en el juramento solemne que cada abogado toma antes del inicio de su actividad jurídica. Estos principios deben ser parte integral de la conciencia y las creencias de todo abogado.

3. La actitud de un abogado hacia su propio partido, la parte contraria y sus representantes, hacia otros abogados, tribunales, fiscales y otros órganos u organismos estatales con autoridad pública en general, debe estar determinada por su posición como protector de los ciudadanos y derechos de las personas jurídicas.

4. En sus comparecencias, presentaciones, discursos y demás actuaciones oficiales, así como en comparecencias públicas o privadas en general, el abogado deberá tener en cuenta los requisitos de la cultura profesional y general.

5. En el ejercicio de su profesión, el abogado se comportará de manera que se gane y fortalezca la confianza de su cliente y, al mismo tiempo, de los órganos judiciales y demás ante los que comparezca

6. El abogado está obligado a desempeñar concienzudamente los deberes que se derivan de la profesión jurídica y a preservar la reputación y la dignidad de la profesión jurídica en el ejercicio de la profesión y en la vida privada.

7. En su conducta, el abogado debe servir como ejemplo de humanidad, respeto a la dignidad humana y esfuerzos progresivos en el reconocimiento y ejercicio de los derechos y libertades fundamentales del ser humano.

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